Real mandato que, en julio de 1792, da inicio al proceso fundacional de lo que es hoy la ciudad de Manzanillo.
Para que por esta se facilite la cantidad que sea necesario invertir en la formación de la pequeña población en el parage titulado el Manzanillo, jurisdicción del Bayamo.
Con fecha de 4 del corriente me dice el Señor Don Antonio Valdés de orden del Rey lo siguiente.
“El Ingeniero en Jefe de Marina Don Miguel de la Puente destinado en Cuba al reconocimiento de maderas para los Arsenales insertó en carta de 12 de Marzo de este año el oficio que le pasó el Gobernador de aquella plaza, pidiendole el auxilio de la Goleta que tiene a sus órdenes para perseguir con ella y el buque corsario de aquella Plaza, á dos embarcaciones inglesas que estaban en la ensenada de Manzanillo, haciendo por si el contravando, y protegiendo el de otros Buques menores, y la contestación de dicho Puente reducida a que aunque con atraso de su comisión dispondría saliese en la propia tarde la Goleta para empelarse en el importante objeto que le indicaba.
“Con fecha de 11 de abril inmediato ha remitido el mismo Intendente el extracto de Diario que le presentó á su regreso el Comandante de la Goleta en el que aparece el trato ilicito que los contrabandistas Ingleses sostienen á viva fuerza en la costa del Bayamo de Ganado bacuno y maderas, especialmente Caova que llevan á Jamayca; contribuyendo á él los habitantes de aquel término por medio de señales con que indican á los Ingleses si hay, ó no corsarios nuestros dentro o en la proximidad de los fondeaderos.
“He hecho todo presente en el Consejo de Estado de 25 de Junio proximo presidido por el Rey, y también mi parecer de que lo que conviene hacer es pasar oficios en la corte de Londres para que prohiva bajo rigorosas penas este comercio que es contra los tratados y prevenga estrechamente al Gobernador de Jamayca no de licencia para navegar sobre la costa de la Isla de Cuba, como la ha hecho en este caso, y mucho menos que permitan pasen los Ingleses a ella á cazar, pescar ni otros objetos de comercio, ni interés á la parte del Sur de Cuba; pues qualquiera contravención en este particular podrá ser motivo de disgusto entre ambas cortes. Que al mismo tiempo se encargue al Capitán General de la Isla y al Gobernador de Cuba que hagan cargo de qualquiera transgresion al Gobernador ó Justicia inmediata en el caso de aprehenderse algun contravandista, y que dispongan el modo de hacer alguna pequeña población, sino la hubiere, en el sitio donde nuestra Goleta encontró un establecimiento para cortar madera poniendo alli un sugeto zeloso, desinteresado y activo que impida todo abuso, mandando al Gobernador de Cuba que desde luego destruya los baraderos, caminos, estacadas, y quanto se hubiere hecho para facilitar el corte y extracción de maderas, y disponiendo que con frecuencia se visiten estos parages por los Guarda costas para impedir toda corta clandestina, y apresar los buques que se empleen en el contrabando advirtiendole que ádemas de estos medios proponga los que le dicte su practico conocimiento y celo para evitar tan considerables perjuicios.
“El Consejo se conformó unanimemente con mi dictamen y S.M. resolvió que por los Ministros que corresponda se den las órdenes para la execucion de todo lo que propuse lo que aviso a V.E. para cumplimiento de esta Real resolución en la parte que le toque como al mismo fin executo a los demas señores Ministros, pasando al de Estado por lo respectivo a las diligencias que se han de practicar en Londres, una relación circunstanciada de los hechos para que nuestro Embaxador pueda fundar sus oficios.
“En quanto á auxilios por Marina en el caso de que el referido Ingeniero se vea precisado á subsistir todavia en Cuba por no haber concluido su comision al mismo tiempo de aprobarle el de la citada Goleta, le prevendré que siempre que aquel Gobernador lo vuelva a pedir se lo facilite prontamente como la ha hecho ahora y cualquiera otro que le sea arbitrable”.
Y lo traslado a V.S. de la misma Real Orden para su inteligencia y que facilite la cantidad que sea necesario inbertir en la formación de la pequeña población que se deba hacer en el sitio que se enuncia en el anterior oficio. Dios guarde a V.S. muchos años. Madrid 11 de Julio de 1792.
Gardoqui.
Fuente: Archivo Nacional de Cuba. Fondo: Reales Ordenes y Cédulas. Legajo 28, No. 125. Gardoqui al Sr. Visitador General Intendente de la Isla de Cuba.
Fecha de publicación en Enciclopedia Manzanillo: 2007.