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Acta de fundación de la Sociedad Teatro Manzanillo S.A.

Trasunto literal del acta de fundación de la Sociedad Teatro Manzanillo S.A, creada en 1852.

"En la Villa y Puerto Real de Manzanillo á diez de febrero de mil ochocientos cincuenta y ocho: ante mi el Escribano público y testigos que se nominarán, parecieron el Licdo. Abogado Don Gregorio Santisteban y Don Antonio Mayol, vecinos de esta Comisionados de la compañía civil conocida por "Sociedad Anónima del Teatro de Manzanillo", á quienes doy fé conozco dijeron: Que el día ocho de Agosto de mil ochocientos cincuenta y dos se reunieron en el Salón de la Sociedad Filarmónica con el Sor. Teniente Gobernador Don Felipe de Castro, Don Bartolomé Masó, Don Ramón J. Muñoz, Don José Saenz Santa María, Don José Joaquín Fajardo, Don Roque Jacinto García, Don Joaquín A. Márquez, Don Rafael Oro, Don José Caymari, Don Jaime Marty, Don José Rovira Alcover, Don Lorenzo Hernández de Alba, Don Manuel Torres y Venecia, Don José Venecia, Don José Gelpi, Don Sebastian Benigno Romagoza, Don Santiago Marti, Don Rafael Vuelta, S.S Aces, Treserra y Comillas, S.S Roget y Ca., Don Francisco Javier Camps y Ca., Don Bruno Egea y Martínez, S.S Boeras y Ramón, Don Antonio Caragol, Don Bartolomé Bory, Don Juan Caragol, Don Ignacio Casis, Don Pedro Fluriach, Don Santiago Caymari, Sres. Alvarez, Hermanos y Pérez, Don Miguel Ramón, Don José Agustín Rodríguez. S.S Tasis y Balil, S.S Almirall, Roca y Ca., Don Francisco Cabré, Don Demetrio Francisco Vázquez, Don. Rafael Alvarez, Don Bartolomé Sariol, Don Damián Morey, S.S Morez y Adroher, Don Agustín Carbonell, Don José Cusa, Don Ignacio Mendez, Don Rafael Tornés Cancino, Don Juan Chavez, Don Francisco A. Perea, Don Elias de los Ríos, Don Nicolás de las Reigadas, Don Francisco B. Bertot, Don Francisco Carbonell y Don Miguel Martínez, con el objeto de construir un teatro por medio de acciones de cincuenta pesos cada una, a fin de que reintegrado el importe de las mismas en el orden que proponga la comisión que al efecto se elija quedase como propiedad del Hospital de Caridad de la Villa, que se estaba edificando, siendo este uno de los recursos para sostener el establecimiento. Que con fecha tres de octubre del mismo año, se designó para local del Teatro, el solar perteneciente a Don Juan Bautista Mendieta, y parte de otro contiguo de Don Jayme Marty situados en la calle de Santa Ana, esquina a la de Salas, acordando que se procediera desde luego á la construcción del edificio, previo del traspaso que los dueños del terreno hicieron á favor de la sociedad por medio de escritura pública, bajo los términos y condiciones que constan en los respectivos documentos; que no bastando el importe de las acciones emitidas, que son noventa y seis tres cuartos, ascendentes a cuatro mil ochocientos treinta y siete pesos cincuenta centavos, a cubrir el costo total de la obra, se acordó levantar varios empréstitos en las juntas generales de veinte y tres de octubre de mil ochocientos cincuenta y tres, veinte y cinco de mayo de mil ochocientos cincuenta y cuatro y primero de octubre y tres de junio de mil ochocientos cincuenta y cinco, en la forma que se registran en las actas correspondientes, hasta que hallándose ya terminado el Teatro, excepto algunos trabajos accesorios, se entregó en esta última á una comisión de cinco personas, con encargo de que procediese á formar un reglamento para la constitución y régimen definitivo de la sociedad. Que habiendo presentado el fruto de sus trabajos en la junta celebrada en treinta de marzo de mil ochocientos cincuenta y seis, fué aprobado, y se pasó al Sor. Teniente Gobernador para alcanzar la competente autorización del Gobierno, mas como el Excmo. Sor. Gobernador y Comandante Gral. del Departamento, por comunicación de veinte y seis de agosto del mismo año, tuvo á bien prevenir que se reformase el mencionado reglamento; bajo las bases allí designadas en la Junta General de ocho de Septiembre del propio año, se acordó nombrar una comisión que llevase á afecto la dicha reforma y las demás que estimasen oportunas, resultando electos los S.S Licenciado Don Carlos Manuel de Céspedes, Licenciado Don José de Jesús Mariño Botello, y Don José L. Ramírez, cuyos individuos evacuaron su cometido? en otra junta general tenida en quince de marzo del presente año, y examinado escrupulosa y suficientemente discutido, fue aprobado el proyecto de reglamento a que se dio lectura en los términos que siguen [...]"

Nota: A continuación, se transcribe íntegramente el Reglamento precitado, que termina: "Manzanillo, tres de marzo de mil ochocientos cincuenta y siete=. Licdo. Carlos Manuel de Céspedes= Licdo. José de Jesús Mariño Botello= José L Ramírez." Este reglamento debía ser elevado todavía al Gobierno para su aprobación.

Fuente: AHMM. Fondo: Protocolos Notariales. Notario: Nicolás Salas. Año 1858, Escritura 5, folio 20 vuelto.

Fecha de publicación en Enciclopedia Manzanillo: 2007.