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Agencia funeraria de José Antonio Soto.

Anuncio publicitario sobre los servicios funerarios y el precios de los mismos.

Agencia Funeraria, de José Antonio Soto.
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En este establecimiento situado en la Plaza Real, esquina á las calles Isabel 2da y Real, se ofrece el más esmerado servicio, encontrándose con continuamente cajas, atahudes, á la iglesia, sarcófagos con vidrieras y sin ellas tanto para los adultos como para párbulos y las personas que no quieran hacer uso de los carros para conducir el cadáver al cementerio se adornadará un catre con toda dencencia. La Agencia se encargará de todos los preparativos para administrar el viático á los enfermos, poniendo la cera necesaria para el acompañamiento y el altar. Si alguna persona falleciere en el campo, la Agencia situará el carro á la entrada de la población por donde se le indique debe ser conducido, siendo de su cargo el reparto de papeletas de convite. Todo con la mayor modicidad.

Arancel de las Agencias funerarias mandado observar por el Bando de Gobernación y Policia.

Servico o actividad Pesos Centavos
Por una tumba de un cuerpo sin relumbron de oro ó de plata, canutillo ó azabache sin otra alegorica  5  
Por una tumba de dos cuerpos 10  
Por el pabimento del féretro sin exceder del terreno que ocupen las achas colaterales 1 25
Por cada un blandon de madera pintado permitido   37 ½
Por cada un blandoncillo de plata mediano ó pequeño   37 ½
Por cada cuatro varas de alfombrado con su correspondiente cuadrilongo 1 25
Por encetadura de cada una acha   25
Por encetadura de cada una bola   12 ½
Por cada una bujia de mano si la pidieren para el último responso á los combidados   6 ½
Por el consumo de cera al precio corriente de la plaza con el aumento de 20 reales fuertes por su labor    
Por una caja ó ataud vestido de paño negro ó morado con su correspondiente galon de cinta morada o negro 25  
Por una caja ó ataud de ballesta ó lana del mas fino tegido 23  
Por una caja ó ataud de niño sencilla de tafetan de seda 12  
Por el alquiler de cada uno de los atahudes 1  
Por el alquiler de cada atahud si fuere de mas de medio uso   50
Por cada uno de los cargadores vestidos decentes desde la casa mortuoria á la Iglesia 1 50
Por cada uno de los cargadores vestidos decentes desde la casa mortuoria hasta el cementerio 2 50
Por cada una silla si la pidieren en la casa ó en la Iglesia   6 1/4
Por el carro tirado con una bestia 12  
Por el carro tirado con dos bestias 17  
Por los entierros de primera y estraordinarios serán precios convencionales y estos serán pedidos por medio de una carta según previene dicho bando 


Fuente: La Antorcha, Periódico Mercantil, Económico y Literario. Manzanillo, Miércoles 9 de Noviembre de 1864, Tomo V, número 134, p. 4



Creado: Martes 09 de Febrero de 2016

Modificado: Martes 31 de Mayo de 2016